La salud dental de los españoles debe estar garantizada por un buen diagnóstico y tratamiento de los pacientes. Y los profesionales de la odontología están capacitados para prescribir con precisión lo que el paciente requiere y legalmente autorizados para ello. Por lo tanto, los odontólogos son los responsables de prescribir las prótesis dentales.

El Tribunal Supremo rechazó el recurso interpuesto por Protésicos Dentales

El tribunal supremo dictó sentencia para rechazar la solicitud realizada por el Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales del país. Quienes solicitan que se haga una revisión a la Ley 10/1986. Donde se reglamentan las funciones y obligaciones de odontólogos y profesiones afines. Como los protésicos e higienistas dentales.

En este sentido, el Colegio de Protésicos de España pide que se revise la ley y se hagan cambios, con relación a quién debe prescribir las prótesis dentales. Mientras que el tribunal Supremo recuerda que la fase del diagnóstico sobre la necesidad de prótesis precede a la fabricación y comercialización de las prótesis o de cualquier otro producto sanitario.

Y en este sentido, son los odontólogos los que ejercen esa función, según el artículo 1 de la Ley 10/1986. Pues son los profesionales que están capacitados con los conocimientos necesarios para diagnosticar las enfermedades y requerimientos de la cavidad bucodental.

Son ellos los que deben indicar qué tiene el paciente y cuáles son las correcciones que requiere. Y la parte técnica, de fabricación del producto con las características que indica el odontólogo es función del protésico dental. Este es un procedimiento técnico, pero no clínico, tal como lo aclara el Tribunal Supremo.

Son los odontólogos los que deben garantizar la salud bucodental del paciente y prescribir la prótesis que requiere. Y el protésico debe fabricar el producto tal como lo indica el odontólogo, respetando y cumpliendo las indicaciones dadas.

De esta forma se garantiza que el paciente tendrá el producto necesario para restaurar la anatomía de su dentadura. Y a través del tratamiento y el producto indicado, recuperar su salud bucal.

Antecedentes en el 2013

En años anteriores, Anprodenta interpuso un recurso contra el Real Decreto 887/2011. Con relación a las cualificaciones profesionales. En esa oportunidad el tribunal Supremo también ratificó que no está permitido que los protésicos dentales atiendan casos clínicos de pacientes.

Asimismo, ratificó que los odontólogos son los profesionales calificados para colocar prótesis dentales. Desestimando el recurso contencioso-administrativo que la Asociación nacional de Protésicos Dentales Autónomos interpuso en esa oportunidad (Anprodenta).

En ese caso el recurso fue específicamente contra el artículo 2 y el anexo DCXXVII contentivo en el Real Decreto 887/2011, del 24 de junio. Contra el que argumentaban, que se afectaba y coartaba el ámbito de actuación de los protésicos dentales.

En este sentido, solicitaban se modificara la toma de decisiones con relación a la prescripción y colocación de prótesis dentales. Sin embargo, al desestimar la sentencia se confirmó que los odontólogos son los únicos autorizados para realizar diagnóstico y prescripción de prótesis. Según el art.7.1 del Real Decreto 1594/1994.

Se consideró que cualquier intervención que realizara el protésico dental en la boca del paciente, era calificada como intrusismo profesional, de acuerdo al Código Penal. Ya que estos profesionales, se encargan solo de diseñar preparar y fabricar las prótesis, de acuerdo a lo prescrito por el odontólogo.

Así mismo, les corresponde reparar cualquier daño que se genere en la prótesis. Lo cual está contemplado en art.6.b y c del Real Decreto 1594/1994.

En definitiva, de acuerdo a la ley es imposible confundir las atribuciones de cada uno de los profesionales del área odontológica. Pues están bien definidas en los artículos respectivos de la ley.

Es un hecho que los odontólogos son los únicos profesionales que tienen la capacidad y autoridad legal para tomar acciones de prevención, diagnóstico y tratamiento, con relación a enfermedades y malformaciones en la cavidad bucodental.

Se incluyen en este concepto, los dientes, boca, maxilares y tejidos anexos. Donde resaltan las actividades relativas a tratamientos de rehabilitación mediante el uso de prótesis dentales.

Seguros dentales

Los seguros dentales no garantizan la gratuidad de los servicios dentales, garantizan un precio mejorado con respecto a las tarifas de venta al público. Incluso algunos servicios como limpiezas suelen ser gratuitos con los seguros dentales. Esto permite amortizar un seguro dental únicamente con las limpiezas gratuitas anuales que vienen a costar entre los 45 y 60 €.

La mejor forma de contratar el mejor seguro dental es comparar precios y coberturas de seguros dentales.